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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara ilegal el canon español

Escrito por Redacción TNI el 27/10/2010 a las 00:11:55
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Según una nota que nos ha hecho llegar nuestro asesor legal Josep Jover, en la sentencia publicada el jueves 21 de octubre de 2000, el Tribunal de Justicia ha dictaminado que la aplicación indiscriminada del canon digital en España no es conforme al Derecho Europeo.

El Tribunal considera que ha de existir una necesaria vinculación entre la aplicación del canon por copia privada y la utilización para realizar reproducciones privadas. Así pues, no puede aplicarse el canon a todos los aparatos y soportes de reproducción digital sino sólo a aquellos que pueda suponerse que causarán un perjuicio a los autores protegidos.

Profesionales, empresas e instituciones públicas quedan, por lo tanto, directamente excluidas del pago del canon. Y además, las entidades de gestión no podrán cobrar tampoco a los particulares por equipos, aparatos y soportes que no puedan utilizarse para la copia privada, cómo ocurría hasta ahora. La sentencia habla de los anteriores como una excepción, pero no tiene porqué ser la única.

No obstante, sí se permitiría el cobro del canon a particulares en equipos, aparatos y soportes de reproducción que puedan utilizarse para realizar copias privadas. Aún así, entendemos que tratándose de una presunción debe existir un mecanismo para que él particular pueda demostrar, y por tanto no pagar, por la no utilización de estos medios para la realización de copia privada.

No cabe duda de que el canon es ilegal y el estado español tiene la obligación de dejar de aplicarlo tal cómo lo hace ahora.

Se abre la puerta además a solicitar que se anulen todas las sentencias que obligaban a personas no físicas a pagar el canon y a que los ciudadanos exijan del gobierno que el nuevo sistema de compensación por copia privada no se les aplique abusiva e indiscriminadamente.