Apreciados/as compañeros/as:
Como bien sabéis, la eficacia de las medidas de austeridad en el gasto de la UGR no es una responsabilidad exclusiva de su equipo de gobierno, sino que resulta imprescindible la implicación de todos los miembros de la comunidad universitaria.
Desde ese convencimiento, os informo de que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), de 21 de octubre de 2010, concluye que la aplicación del canon digital, por usos distintos a la realización de copias privadas, no resulta conforme con la Directiva 2001/29. Este fallo implica que la Universidad de Granada no está obligada a soportar canon digital alguno en sus facturas de compra.
Por tanto, solicitamos a todos los responsables de centros de gasto y al personal administrativo encargado de la tramitación de justificantes de gasto, que presten especial atención a que los proveedores de bienes y servicios no carguen importe alguno por el canon digital, rechazando las facturas que incluyan el mismo. En caso de que se tengan dudas sobre la inclusión de este canon en alguna factura, rogamos se solicite por escrito al proveedor información al respecto, ya que es posible que el precio de algunos productos contenga implicitamente el mencionado canon.
Aunque adjunto a este correo se incluye un archivo con la Orden PRE/1743/2008, de 18 de junio, donde pueden verse los importes individuales del canon digital para cada caso, a título de ejemplo pueden tomarse los siguientes:
- Equipos multifuncionales de inyección de tinta: 7.95 € por unidad
- Equipos multifuncionales láser: 10 € por unidad
- Escáneres: 9 € por unidad
- Equipos de digitalización de documentos: 9 € por unidad
- Equipos con capacidad de copia: desde 13 € a 169 € por unidad, según características
- Equipos de reproducción de videogramas y libros (grabadoras): desde 0.60 € hasta 3.40 € por unidad, según el caso
- Discos compactos: desde 0.17 € hasta 0.60 € por unidad, según características
- Memorias USB: 0.30 € por unidad
- Otros productos expresamente recogidos en la Orden PRE/1743/2008
Por la trascendencia que el ahorro de estos importes tiene para la Universidad de Granada, rogamos la máxima colaboración a todo el personal implicado en la gestión administrativa de gastos, al objeto de que los suministradores de bienes y servicios no exijan a la Universidad de Granada importes por el mencionado canon digital, sin perjuicio de otras medidas que en Gerencia estamos adoptando para recuperar las cuantías satisfechas indebidamente durante los últimos años.
Aprovecho la ocasión para enviar un cordial saludo a todos los compañeros y compañeras de la comunidad universitaria,
Gerente XXXX