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Refarming en Europa

Escrito por Jorge Perez el 29/05/2008 a las 19:49:27
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(Catedrático de la ETSI Telecomunicación (UPM))

Autores: Jorge Pérez Martínez Catedrático de la ETSI Telecomunicación (UPM) y María Catalina Ovando Chico. Estudiante de doctorado (UPM) Actualmente la regulación del espectro radioeléctrico afronta nuevos retos con el fin de optimizar su gestión, debido a su crucial importancia en el desarrollo económico y tecnológico de un país. Movidos por los últimos avances, se hace inevitable y necesario un cambio regulatorio en la Unión Europea, puesto que algunas bandas de frecuencia están sujetas a restricciones tecnológicas y de servicios. Este es el caso de las bandas de 900 y 1800 MHz restringidas regulatoriamente a través de la Directiva 87/372/ECC a servicios de telefonía móvil GSM, cuya importancia radica no sólo en sus características técnicas que permiten una mejor propagación de la señal y penetración in-door que las bandas asignadas a servicios 3G, sino en que introduciría y/o fomentaría la competencia en el sector de las TIC. Esta modificación regulatoria es conocida como Refarming, y tiene como objetivo una nueva liberalización del espectro en las bandas de 900 MHz y 1800 MHz, bajo tres aspectos claves: Neutralidad tecnológica, neutralidad de servicio y fomento del mercado secundario. La CEPT define refarming (o reorganización) como "una combinación de medidas administrativas, financieras y técnicas, presentes y futuras, dentro de los límites de regulación de frecuencias, con el objeto de hacer una banda de frecuencia específica disponible a otro tipo de uso o tecnología. Estas medidas pueden ser a corto, medio o largo plazo" (1) . A este respecto, la Comisión Europea ha definido un conjunto de bandas sobre las cuales es necesario suprimir las restricciones reglamentarias actuales para introducir una mayor competencia, incluida la existente entre distintas infraestructuras de radiocomunicación (2), entre estas se encuentran las bandas asignadas a GSM (880-915 MHz / 925-960 MHz así como 1710-1785 MHz / 1805-1880 ) y la banda que actualmente se utilizan para la radiodifusión (470-862 MHz), que quedará libre después del apagón analógico. Ya es conocido el caso de la consulta pública que lanzó Reino Unido en septiembre de 2007 proponiendo liberalizar de las bandas móviles de 900, 1800 y 2100 MHz garantizando la neutralidad de red y de servicio y mercado secundario en las tres bandas. Francia ha presentado, el pasado 3 de abril, una consulta pública(3) destacando la importancia del proceso de migración de la televisión analógica a la digital para la liberación de frecuencias para nuevos servicios. A su vez, señala la importancia de la definición de un plan de frecuencias definitivo y optimizado una vez que se produzca el apagón analógico. Dicho plan debería liberar desde el principio la banda de 790-862 MHz que ha sido asignada por la UIT a servicios móviles. De esta manera, Francia vincula el proceso de refarming en las bandas de GSM al dividendo digital. Cabe señalar que Noruega ha sido el primer país europeo en autorizar la neutralidad tecnológica en la banda de 2,6 GHz, en la subasta realizada en noviembre de 2007. Las licencias serán validas hasta el 31 de diciembre de 2022 y se aplicará la neutralidad tecnológica, lo que permitirá el uso de WiMAX. La CEPT y, posteriormente, la Comisión Europea (RSC) han dado por terminadas, desde junio de 2007, las revisiones técnicas al borrador final de la decisión RSCOM07-04, mediante la cual se obliga a los estados miembros a permitir la coexistencia de sistemas GSM y UMTS en las bandas de 900 y 1800 MHz. Para que esto tenga lugar es necesario revocar la Directiva GSM (87/372/ECC). La Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea ya han dado su apoyo a esta iniciativa y actualmente se está a la espera del dictamen del Parlamento Europeo. Aunque el proceso de la derogación de la normativa GSM se prevé lento, los diversos países de la Unión Europea no esperarán a la nueva normativa para iniciar el proceso de liberalización del espectro, pues las exigencias de una competencia más equilibrada y el desarrollo del sector le obligan a dinamizar el proceso. España ha mostrado una predisposición en esta línea de actuación, y una prueba de ello es el Nuevo Reglamento del Dominio Público Radioeléctrico aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 23 de mayo, en donde, entre otras medidas, se sientan las bases para introducir el mercado secundario en determinadas bandas de frecuencias ligadas esencialmente a los radioenlaces fijos, dejando por el momento fuera de esta aplicación, los móviles y la televisión. Como conclusión, es preciso señalar que el refarming acaba de empezar y que habrá que seguir con detalle. No obstante, estamos ante un proceso complejo y lleno de incertidumbres en cuanto a los tiempos y las particularidades de su aplicación en cada Estado. Por lo tanto, habrá que estar muy atentos a cómo se desarrolla y las consecuencias que de él se derivan. ______________________________ (1) Electronic Communication Committee. (2002) Refarming and secondary trading in a changing radiocommunication world. (Messolonghi) CEPT pp. 35 (2) COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL : "Sobre un acceso rápido al espectro para los servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas a través de una mayor flexibilidad" Bruselas 8.2.2007 COM(2007) 50 final (3) Consultation publique sur la réutilisation des fréquences libérées par l'arrêt de la télévision hertzienne terrestre analogique. http://www.dividendenumerique.fr/pdf/2008_04_02_consultation_publique.pdf