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Informe sobre la Declaración de la Renta y Política Fiscal Española

Escrito por Redacción TNI el 29/03/2022 a las 10:18:58
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Una de las características más importantes del mercado de las criptomonedas y los NFT es su actual desregularización. Sin embargo, se prevé que en 2024 se comience a aplicar en la Unión Europea la Propuesta de Regulación de Mercados de Criptoactivos y en 2022, debido al enorme crecimiento que han tenido este tipo de transacciones, uno de los objetivos de Hacienda será vigilar más de cerca que se tributan de forma correcta en la declaración de la renta. Este mayor control podría tener consecuencias en la inversión inmediata y es que el 30% de los españoles dejaría de invertir en criptoactivos como consecuencia de los avances en la regularización, tal y como se refleja en el primer Informe sobre la Declaración de la Renta y Política Fiscal Española realizado por TaxScouts, la plataforma online que simplifica la presentación de impuestos.

 

En este mismo sondeo también se han obtenido otros datos correspondientes al sector de las criptomonedas y NFT y es que, a pesar de que aproximadamente 4,4 millones de españoles han invertido o invierten activamente en criptomonedas, más de la mitad de ellos (54%) no las tienen en cuenta a la hora de realizar su declaración de la renta y el 15% de ellos querría incluirlas en su declaración de impuestos, pero no sabe cómo hacerlo por la falta de claridad en la legislación. Además, el 56% de los españoles creen que las criptomonedas se deberían declarar en el país donde se encuentra el inversor frente al 21,5% que optaría por hacerlo en el lugar desde el que se realiza la transacción. Ante este contexto, los asesores fiscales de TaxScouts recuerdan a los españoles las principales claves a tener en cuenta en relación con las criptomonedas para la campaña de la declaración de la renta de 2022.

 

*      La compra de criptomonedas no implica la obligación de declararlas en la renta. Solamente se deben declarar cuando se transmiten, o si se tienen en un monedero virtual que genere intereses o rendimientos.. Si las criptomonedas no generan rendimientos o no se realiza ningún movimiento, no hay que tributar, ya que no hay ganancias ni pérdidas.

 

*      Las operaciones de transmisión  o intercambio de criptomonedas se deben incluir en la casilla 389 de la declaración de la renta. En la declaración de la renta de 2021, cuya campaña comienza este 6 de abril, se declaran las ganancias o pérdidas obtenidas por la venta de criptomonedas del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, por lo que desde TaxScouts recomiendan tener un listado de las operaciones realizadas con criptomonedas para saber cuál es el importe a declarar. Deben ir en el apartado ‘otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro’.

 

*      Los rendimientos obtenidos por staking, farm yield, o los intereses de monederos virtuales, se declaran en el apartado de rendimientos del capital mobiliario.

 

*      Las pérdidas en la venta de criptomonedas podrán compensarse hasta el 25%. Si la venta de criptomonedas supone una pérdida, estas se compensan con las ganancias derivadas de otras transmisiones, y si el resultado global es de pérdida, podrá compensarse hasta el 25% con las ganancias de los rendimientos del capital .

 

*      El minado de criptomonedas implica darse de alta como autónomo. Minar criptomonedas es aportar la potencia de procesamiento del ordenador, ayudando a realizar cálculos y verificando las transacciones de monedas digitales.  Al tratarse de una actividad económica, aunque sea pagado en criptomonedas, es obligatorio darse de alta como autónomo y cumplir con las obligaciones que se aplican a este tipo de trabajadores.

 

*      Se recomienda presentar el modelo 720 en el caso de que el valor de las criptomonedas (o la suma de criptomonedas con fondos o valores depositados en entidades financieras situadas en el extranjero) supere los 50.000 euros.  Aunque solo es un modelo informativo, y no está clara su aplicación a las criptomonedas, los asesores fiscales de TaxScouts recomiendan presentarlo, pues las sanciones por no hacerlo son elevadas. El plazo de presentación del modelo para el año 2021 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2022.

 

*      En el caso de estar obligado a declarar el impuesto del patrimonio, se deberá incluir el valor de las criptomonedas en el momento de la declaración del impuesto y pagar según el tipo aplicable. Este impuesto tiene un mínimo exento a partir de 500.000 euros (cambia por comunidad autónoma), lo que significa que no hay que presentarlo salvo que se tenga un patrimonio superior. TaxScouts recomienda consultar la normativa del impuesto en la comunidad autónoma en la que se resida, pues los mínimos exentos cambian y existen bonificaciones que llegan al 100%.

 

Jaume Suñol, General Manager de TaxScouts en España aconseja:En España todavía carecemos de un marco legal concreto que regule el mercado de las criptomonedas, pero la inversión en este tipo de activos sí tiene consecuencias fiscales muy definidas. Es importante que los españoles que han invertido en este tipo de activos los tengan en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta, ya que podrían incurrir en sanciones si no se declaran correctamente o si no se ha desempeñado esta actividad de forma adecuada”.